miércoles, 6 de octubre de 2010

RIESGOS LABORALES.

Para la GRL, es necesario tener en cuenta los siguientes aspectos:
·   1. Identificación de peligros y riesgos
·   2. Evaluación del riesgo
·   3. Control del riesgo
·   4. Seguimiento y control del riesgo.
Las Norma OHSAS 18001, permiten implementar, mantener y mejorar la eliminación o disminución de riesgos. El aspecto básico de esa norma es la planificación del control y de la evaluación de riesgos. Todas las actividades deben ser minuciosamente examinadas y evaluadas para descubrir sus peligros, tanto elevados como moderados. Una vez jerarquizados los riesgos, estos son sometidos a sus posibilidades de control y de acciones correctivas.
Tiene por premisa definir los objetivos que un sistema de gestión de prevención de riesgos, para evitar o minimizar los accidentes laborales, mejorar el funcionamiento de las organizaciones y ayudar a la mejora continua en la prevención.

Identificación de peligros y riesgos

La identificación de peligros y riesgos es la actividad más importante dentro de las organizaciones, en materia de Seguridad y Salud Ocupacional, pues es la más compleja y la que requiere mayor nivel de atención cuando se habla de prevención.
Una correcta identificación de peligro y riesgos asociados a este disminuirá la probabilidad de ocurrencias de accidentes e incidentes de trabajo, así como la aparición de enfermedades profesionales.
La organización debe establecer y mantener procedimientos para la continua identificación de peligros, evaluación de los riesgos e implementación de las medidas de control necesarias.
Estos procedimientos deben incluir:
·   actividades rutinarias y no rutinarias;
·   actividades de todo el personal con acceso al lugar de trabajo (incluidos subcontratistas y visitantes);
·   servicios o infraestructura en el lugar de trabajo, proporcionados por la organización o por otros.
Clasificación de los accidentes de trabajo.
Los accidentes se clasifican de la forma siguiente: (Díaz, 1989).
·   Impacto con violencia.
·   Impacto sin violencia.
Impacto con violencia: son aquellos accidentes provocados por golpes con o contra objetos que se encuentran en la trayectoria del desarrollo de la actividad laboral. Se producen en los procesos de manipulación, transporte, almacenamiento y utilización de materiales.
Impacto sin violencia: son los accidentes provocados por contactos. Aquí se consideran:
·   Contactos eléctricos.
·   Contactos térmicos.
·   Contactos con superficies cortantes o punzantes.
·   Contactos con sustancias corrosivas o cáusticas.
Clasificación de los riesgos.
·   Riesgos físicos.
·   Riesgos químicos.
·   Riesgos biológicos.
·   Riesgos Psicofisiológicos.
-          Riesgos físicos: Son los derivados de la acción de agentes físicos que causan efectos traumáticos que por lo general en el medio hospitalario quiebran o atenúan las barreras de contención para riesgos biológicos, aumentan la susceptibilidad del hospedero o potencian el efecto de algunos agentes biológicos. Generalmente producto de las instalaciones y equipos que incluyen niveles excesivos de ruidos, vibraciones, electricidad, temperatura y presión externa, radiaciones ionizantes y no ionizantes.
-          Riesgos Químicos: Probabilidades de daños por manipulación o exposición a agentes químicos, de uso frecuente en áreas de investigación, de diagnóstico, o con desinfectantes y esterilizantes en el ambiente hospitalario.
-          Riesgos Biológicos: Es el derivado de la exposición a los agentes biológicos. Puede ser ocupacional o no, según la relación que guarde con el trabajo.
-         Riesgos Psicofisiológicos: Causados por factores humanos, pueden ser organizativos o sociológicos, todos ellos inherentes al ser humano.


miércoles, 29 de septiembre de 2010

HIGIENE Y SEGURIDAD

      Concepto de riesgos del trabajo
Son aquellos que se producen por el hecho o en ocasión del trabajo a través de dos manifestaciones: los accidentes y las enfermedades profesionales, cuyos efectos pueden generar situaciones de invalidez temporaria o permanente, y cuyas consecuencias pueden variar entre la curación, la huella de alguna secuela, e inclusive la posibilidad de que la víctima muera.
El nuevo sistema aprobado por la Ley de Riegos del Trabajo (LRT) (ley 24.557) prevé una cobertura total de todos los eventos dañosos originados en el trabajo u ocurridos por el hecho o en ocasión del trabajo, a cargo de las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART), a las que las que deben afiliarse en forma obligatoria todos los empleadores.